Según
lo establecido en el artículo 667° del Código Civil, son excluidos de la sucesión
de determinada persona, por indignidad, como herederos o legatarios:
1.
Los
autores y cómplices de homicidio doloso o de su tentativa, cometidos contra la vida del causante, de sus ascendientes,
descendientes o cónyuge. Esta causal de indignidad no desaparece por el indulto
ni por la prescripción de la pena.
2. Los
que hubieran sido condenados por delito doloso cometido en agravio del causante
o de alguna de las personas a las que se refiere el inciso anterior.
3.
Los
que hubieran denunciado calumniosamente al causante por delito al que la ley
sanciona con pena privativa de la libertad.
4.
Los
que hubieran empleado dolo o violencia para impedir al causante que otorgue
testamento o para obligarle a hacerlo, o para que revoque total o parcialmente
el otorgado.
5.
Los
que destruyan, oculten, falsifiquen o alteren el testamento de la persona de
cuya sucesión se trata y quienes, a sabiendas, hagan uso de un testamento
falsificado.
MODELO DE
SOLICITUD DE DECLARACIÓN DE INDIGNIDAD
SEÑOR JUEZ
ESPECIALIZADO EN LO CIVIL DE XXXX
Sr.
XXXX, identificado con DNI N° XXXX, con domicilio real en XXXX y señalando domicilio
procesal en XXXX; atentamente digo:
I.
RELACIÓN JURÍDICA PROCESAL Y
PETITORIO
De
conformidad con el artículo 667°, inciso 1 del Código Civil, recurro ante su Despacho
para solicitar se Declare Indigno a mi hijo XXXX, a quien deberá de notificársele
en XXXX, bajo los fundamentos que paso a exponer a continuación:
II.
FUNDAMENTOS DEL PETITORIO
1. Que, la recurrente tiene XX
hijos, los cuales se llaman XXXX y XXXX de XX y XX años de edad respectivamente,
el primero de ellos es quien vivió conmigo hasta hace dos años, fecha en la que
se casó.
2. Desde ese tiempo a este viene cometiendo
actos reprochables contra mi persona, incluso ha llegado a golpearme y
amenazado con matarme.
3. Señor Juez, a mis hijos les
vengo dando un anticipo de legitima propiedades, incluso dinero en efectivo, lo
cual lo acredito con los recibos que ambos me han firmado.
III.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Amparo
mi solicitud en lo siguiente
1.
Código Procesal Civil
Artículo
486.- “Se tramitan en proceso abreviado los siguientes asuntos contenciosos:(…)”
Inciso
8: los que no tienen una vía procedimental
propia, son inapreciables en dinero, (…)”
Artículo 424.- “La demanda se presenta por escrito y contendrá: (…)”[1]
Artículo 425.- “A la demanda debe acompañarse: (…)”
2. Código Civil
Artículo 667: “son
excluidos de la sucesión de determinada persona, por indignidad, como herederos
o legatarios: (…)”
IV.
MONTO DEL PETITORIO
No
es cuantificable o apreciable en dinero.
V.
VÍA PROCEDIMENTAL
La
vía procedimental que le corresponde a la presente solicitud es la del Proceso
ABREVIADO.
VI.
MEDIOS PROBATORIOS Y ANEXOS
En
calidad de medios probatorios ofrezco lo siguiente:
1. Copia certificada de la Partida
de nacimiento del hijo a declarase indigno.
2. Copia certificada de la Partida
de nacimiento del otro hijo.
3. Copia legalizada del DNI del
solicitante
POR
TANTO:
A Ud. Sr, Juez,
solicito se sirva admitir la presente demanda, tramitarla conforme a su
naturaleza y en su oportunidad declararla
FUNDADA.
XXXX,
XX de XX de XXXX
______________________ ______________________
EL DEMANDANTE EL
ABOGADO
[1] 1. La designación del Juez
ante quien se interpone.
2. El nombre, datos de identidad, dirección
domiciliaria, domicilio procesal del demandante y el domicilio procesal
electrónico, constituido por la casilla electrónica asignada por el Poder
Judicial de acuerdo a la Ley 30229.
3. El nombre y dirección domiciliaria del
representante o apoderado del demandante, si no puede comparecer o no comparece
por sí mismo.
4. El nombre y dirección domiciliaria del
demandado. Si se ignora esta última, se expresará esta circunstancia bajo
juramento que se entenderá prestado con la presentación de la demanda.
5. El petitorio, que comprende la
determinación clara y concreta de lo que se pide.
6. Los hechos en que se funde el petitorio,
expuestos enumeradamente en forma precisa, con orden y claridad.
7. La fundamentación jurídica del petitorio.
8. El monto del petitorio, salvo que no
pudiera establecerse.
9. El ofrecimiento de todos los medios
probatorios.
10. La firma del demandante o de su
representante o de su apoderado y la del abogado, la cual no será exigible en los
procesos de alimentos. El secretario respectivo certificará la huella digital
del demandante analfabeto.”
Y el acta conciliatoria por que no va en los anexos es requisitos obligatorio en todo proceso civil y de derecho susesorio
ResponderBorrarDios mío que level. Lo que falta en los anexos es la partida electronica donde se especifica el anticipo de legitima. Este proceso es de una materia NO CONCILIABLE. Revisa bien la ley de conciliacion. Solo son materia de Conciliación las pretensiones determinadas o determinables que
Borrarversen sobre derechos disponibles de las partes.
Gracias, Corporación Jurídica Justitia, es un gran apoyo y base fundamental para los estudiantes de derecho,abogados y público en general los pequeños y grandes aportes jurídicos de su corporación. Nuevamente Gracias.
ResponderBorrargracias por sus apoyos
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