EL FIDEICOMISO
El
fideicomiso es un acto jurídico, de confianza, en el que una persona entrega a
otra la titularidad de unos activos para que ésta los administre en beneficio
de un tercero.
El
contrato de fideicomiso se da en virtud del cual una persona llamada fiduciante
traslada a título de confianza, a otra persona denominada -fiduciario-, uno o
más bienes (que pasan a formar el patrimonio fideicomitido) para que al
vencimiento de un plazo o al cumplimiento de una condición, éste transmita la
finalidad o el resultado establecido por el primero, a su favor o a favor de un
tercero llamado beneficiario o fideicomisario.
PARTES QUE INTERVIENEN
A.
Fiduciante o fideicomitente: Es quien constituye el fideicomiso,
transmitiendo la propiedad del bien o de los bienes al fiduciario, para que
cumpla la finalidad específica del fideicomiso.
B.
Fiduciario:
En general puede serlo cualquier persona. Por lo tanto pueden serlo personas
físicas o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras. etc. Sin
embargo en el caso del fideicomiso financiero, solo podrán ofrecer sus servicios
como fiduciarios, las entidades financieras sujetas a la ley respectiva o bien
personas jurídicas expresamente autorizadas a tal fin.
C.
Beneficiario:
Es aquel en cuyo favor se ejerce la administración de los bienes
fideicomitidos. Puede ser una persona física o jurídica que puede no existir al
tiempo del contrato o testamento, siempre que consten los datos que permitan su
individualización futura. Se puede designar más de un beneficiario y
beneficiarios sustitutos. Si el beneficiario no llegara a existir, no acepta, o
renuncia, el beneficiario será el fideicomisario y en defecto de éste será el
fiduciante.
D. Fideicomisario: Es quien recibe los bienes fideicomitidos una vez
extinguido el fideicomiso por cumplimiento del plazo o la condición.
VENTAJAS
Según
el tipo de fideicomiso y las cláusulas pactadas se obtienen ciertas ventajas, a
continuación algunas que suelen aplicar a todos o a la mayoría de los contratos
de fideicomiso:
ü Los bienes administrados son inembargables.
ü Contabilidad y auditorías independientes.
ü Beneficios tributarios.
ü Puede emplearse para la realización de fines
ilimitados, en tanto éstos sean lícitos.
Existen
cuatro factores que explican el desarrollo del fideicomiso:
1 Enfoque comercial de la figura: Una figura que en sus fundamentos conceptuales se
presenta como un contrato de naturaleza jurídica, trasciende esta disciplina
para convertirse en un negocio comercial y especialmente un negocio bancario en
razón de la importancia que los bancos le han otorgado al mismo como fuente
generadora de negocios. Lo anterior significa que se ha puesto el Fideicomiso
al servicio de los clientes de los bancos para que éstos puedan realizar nuevos
negocios valiéndose de las ventajas y versatilidad que ofrece.
2
Finalidad por cumplir: El segundo factor es que todo fideicomiso tiene
implícita necesariamente una finalidad, esto es, que todo fideicomiso se
realiza por algo y para algo. En un mundo donde tantas cosas se inician y no
todas llegan a su término, creer que un negocio que se ha propuesto se lleve a
cabo de la manera más fiel como se le ha encarga do a un fiduciario, es una
garantía que en vez de limitar las posibilidades de su desarrollo, lo estimula
y le da un impulso renovador.
3
Patrimonio autónomo: La conformación de un patrimonio autónomo o de
afectación constituye uno de los elementos más sobresalientes del fideicomiso,
que permite que los recursos puestos en fideicomiso no se confundan contable ni
jurídicamente con los del propio fiduciario, ni aún con otros recursos
fideicometidos que éste pudiera tener bajo su administración. El
establecimiento de tantos patrimonios autónomos como fideicomisos administrados
por un fiduciario, rompe con el principio clásico del derecho civil referente a
“una persona, un patrimonio” y da la posibilidad de a que con éstos se puedan
llevar a cabo múltiples negocios.
4
Elasticidad de la figura: Finalmente, la enorme flexibilidad que presenta
la figura del fideicomiso permite que se puedan llevar a cabo múltiples
negocios de acuerdo con las necesidades de los clientes.
Un
fideicomiso se asemeja a un recipiente al cual se le agrega un contenido que es
puesto por el cliente, quien define sus necesidades; se asemeja también a un
traje a la medida, a sus gustos y preferencias, encargándole al fiduciario
efectuar una labor de gestor profesional en la administración del fideicomiso.
TIPOS
1)
De inversión:
Que tiene por finalidad la inversión de recursos financieros.
2)
De Garantía:
Que se utiliza para garantizar algún tipo de pago o cláusula de cumplimiento.
3)
Administrativo:
Se utiliza para ceder la administración personal a alguna persona natural o
jurídica en cumplimiento de algún tipo de contrato.
Como
ya se mencionó, la gran flexibilidad de este tipo de contratos permite tener
muy diversas clases.
CLÁUSULAS GENERALES
ü Establecer quién es el fideicomitente.
ü Que el fiduciario acepte el cargo como tal.
ü Se puede designar al fideicomisario en ese momento
o no designarlo, salvo en forma que se pueda asignar en un futuro.
ü También se fija qué objeto y cuáles son los fines
de ese fideicomiso y el plazo por el cual se constituye.
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